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Huelga del 11 de noviembre: qué puedes hacer y qué pierdes

La huelga general está convocada para el 11 de noviembre de 2026, de 00:00 a 24:00. Trabajadores, alumnado y estudiantes en prácticas tienen reglas distintas: esto es lo confirmado y lo que debes comprobar.

Redacción BrooNews · 31/10/2026 08:53 · Actualizado 31/10/2026 08:53
Ilustración de BrooNews sobre: Huelga del 11 de noviembre: qué puedes hacer y qué pierdes
Ilustración propia de BrooNews. · Crédito: BrooNews
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INFORMACIÓN · GENERADO SUSTANCIALMENTE CON IA · TEXTO/AUDIO

Sí: hay una huelga general convocada para el miércoles 11 de noviembre de 2026, prevista de 00:00 a 24:00. Si trabajas, no necesitas avisar individualmente ni obtener permiso de la empresa para secundarla, aunque el tiempo no trabajado puede descontarse. Si estudias desde 3.º de ESO, la inasistencia debe decidirse colectivamente y comunicarse antes al centro para quedar protegida frente a sanciones.

01

Qué está convocado y quién participa

UGT y CCOO llaman a la huelga general del 11 de noviembre. Grant Thornton afirma que también convocan CGT, CNT, Co.Bas, Solidaridad Obrera y la Confederación de Sindicatos de Inquilinas, y que CIG, ELA y LAB participan en distintos ámbitos territoriales. Estas listas no deben tratarse como una relación oficial única y cerrada.

La duración publicada es de 24 horas, desde las 00:00 hasta las 24:00. Las empresas con sistemas de turnos deben comprobar las condiciones específicas de la convocatoria.

Las reivindicaciones documentadas incluyen mejores salarios y recuperación del poder adquisitivo, acceso a una vivienda digna, control de los precios, desbloqueo de la negociación colectiva, reducción de jornada, mejora de la salud laboral y erradicación de la precariedad.

02

Qué se ha registrado en Extremadura

CCOO, UGT y CNT registraron el 26 de octubre la convocatoria del 11 de noviembre en la sede de la Presidencia de la Junta de Extremadura, en Mérida.

03

Si trabajas: no tienes que pedir permiso

No existe obligación de comunicar previamente a la empresa que vas a secundar la huelga ni un plazo legal de preaviso individual. Tampoco necesitas autorización empresarial: la compañía puede organizar su actividad, pero no exigirte una declaración vinculante ni tomar represalias por ejercer este derecho.

Durante una huelga legal, el contrato queda suspendido por el tiempo no trabajado. Puede descontarse la parte proporcional del salario base y de los complementos según cómo se devenguen, además de determinados gastos que no se produzcan por la ausencia. Los complementos ligados al trabajo efectivo se pagan según los servicios prestados.

Las pagas extraordinarias pueden reducirse proporcionalmente por el periodo de huelga, sin duplicar el descuento si están prorrateadas. Las vacaciones no se reducen y no se descuentan festivos ajenos al periodo de huelga. Los pluses de asistencia y los incentivos variables no pueden perderse de forma automática o desproporcionada: hay que revisar el convenio y su sistema de devengo.

La relación laboral no termina. La persona permanece en alta especial en la Seguridad Social y se suspende la obligación de cotizar durante el periodo de huelga total.

Consulta tu convenio colectivo y la comunicación interna de la empresa para saber cómo se calculan tus complementos. Si trabajas por turnos o recibes una designación de servicios mínimos, comprueba las condiciones concretas: una persona designada debe cumplirla mientras siga vigente, aunque pueda impugnarla.

04

Si estudias desde 3.º de ESO

Desde 3.º de ESO, el alumnado puede decidir colectivamente no asistir a clase. Para que la ausencia no se considere falta de conducta ni dé lugar a una sanción, la decisión debe ser colectiva y comunicarse previamente a la dirección del centro, conforme al artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, reguladora del Derecho a la Educación.

Público atribuye a una sentencia del Tribunal Supremo del 18 de diciembre de 2014 el criterio de que el alumnado de 3.º y 4.º de ESO, Bachillerato y estudios posteriores no necesita autorización familiar para participar. En cualquier caso, debe respetarse la comunicación previa exigida.

Quien no secunde la movilización puede acudir al centro. La convocatoria no obliga a colegios e institutos a cerrar, pero tampoco garantiza que la jornada lectiva se desarrolle con normalidad: dependerá del personal disponible y de las medidas que se establezcan.

Antes del 11 de noviembre, pregunta en la dirección o secretaría de tu centro cómo comunicar la decisión colectiva y consulta su reglamento o aviso oficial para saber cómo organizará la jornada.

05

Si realizas prácticas académicas externas

Las prácticas académicas externas reguladas por el Real Decreto 592/2014 no constituyen una relación laboral ordinaria según el régimen descrito por Público. Por eso, las reglas salariales de una persona contratada no se trasladan automáticamente al estudiante incluido en ese régimen.

Si tus prácticas académicas están cubiertas por ese régimen y decides no acudir, gestiona la ausencia según el convenio de prácticas y las normas del centro educativo. El tratamiento de una posible ayuda económica dependerá del convenio aplicable, por lo que no debe trasladarse automáticamente el descuento salarial de un trabajador huelguista. Pregunta al tutor académico y al responsable de la entidad cómo comunicar la ausencia y si deben recuperarse horas.

La empresa no puede utilizar a estudiantes en prácticas para sustituir a trabajadores en huelga.

06

Qué debes comprobar antes de cambiar tus planes

Comprueba los avisos oficiales de tu empresa o centro educativo y las comunicaciones de la administración y del operador de transporte correspondiente antes de desplazarte el 11 de noviembre.

La fecha y el horario están confirmados: 11 de noviembre de 2026, de 00:00 a 24:00. Lo que cambia depende de tu situación: quien trabaja puede secundar la huelga sin preaviso individual, el alumnado desde 3.º de ESO necesita una decisión colectiva comunicada al centro y quien realiza prácticas académicas externas debe seguir su convenio formativo y las normas de su centro.

07

¿Tengo que avisar a mi empresa si hago huelga?

No. No existe obligación de preaviso individual ni necesitas autorización empresarial. Si estás sujeto a turnos o te designan para servicios mínimos, comprueba las condiciones específicas aplicables.

08

¿Pueden sancionarme en el instituto por no ir?

Desde 3.º de ESO, no debe considerarse falta de conducta ni dar lugar a sanción si la decisión es colectiva y se comunica previamente a la dirección del centro.

09

¿Estarán cerrados los centros educativos?

No necesariamente. El alumnado que no secunde la movilización puede acudir, pero no está garantizado que todas las clases transcurran con normalidad.

10

¿Me descuentan la ayuda si estoy en prácticas?

Si realizas prácticas académicas externas reguladas por el Real Decreto 592/2014, no debe trasladarse automáticamente el descuento salarial de un trabajador. Consulta el convenio de prácticas y las normas de tu centro.

Fuentes

www.abc.eswww.grantthornton.eswww.publico.eswww.ugt.es
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