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Cada mes podrías estar pagando con tu factura parte del coste de trabajar. Esta información está comprobada y actualizada a 25 de octubre de 2026. Si la Ley 10/2021 resulta aplicable, la empresa debe dotarte de los equipos, herramientas y medios necesarios, mantenerlos y sufragar o compensar los gastos vinculados al trabajo a distancia.
No existe en estas fuentes una cantidad estatal única para todas las personas. La negociación colectiva puede concretar las condiciones del trabajo a distancia y el contenido adicional del acuerdo; también se han fijado compensaciones mediante convenios o acuerdos individuales.
Primero: comprueba si teletrabajas de forma regular
El trabajo a distancia se realiza regularmente en el domicilio de la persona trabajadora o en otro lugar elegido por ella, durante toda la jornada o parte de esta. El teletrabajo es el que se desarrolla exclusiva o principalmente mediante sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
La ley se aplica al trabajo a distancia que alcance, en un periodo de referencia de tres meses, al menos el 30 % de la jornada o la proporción equivalente según la duración del contrato. Un convenio o acuerdo colectivo puede establecer un porcentaje o un periodo de referencia inferior.
Teletrabajar algún día de forma ocasional no permite dar por hecho que estás dentro de este régimen. Calcula el porcentaje correspondiente y revisa el convenio o acuerdo colectivo aplicable.
En contratos celebrados con menores y en contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje, el acuerdo debe garantizar al menos un 50 % de prestación presencial, sin perjuicio de la formación teórica telemática vinculada a estos últimos. El personal laboral de las Administraciones Públicas tiene un régimen específico.
Qué aporta la empresa y qué gastos compensa
Son obligaciones distintas: la empresa debe dotar y mantener los medios, equipos y herramientas necesarios para desarrollar la actividad, incluidos los consumibles y elementos muebles, y atender las dificultades técnicas. Además, debe sufragar o compensar los gastos vinculados al trabajo a distancia.
La negociación colectiva puede regular las condiciones de acceso y desarrollo, la duración máxima y otros contenidos del acuerdo de trabajo a distancia.
En la práctica, algunos convenios han establecido cantidades por día o por mes y algunas empresas han pactado compensaciones individuales. Las cifras citadas en 2022 para sectores concretos no sirven para calcular automáticamente lo que te corresponde hoy: debes consultar tu convenio y tu acuerdo vigentes.
Qué debe aparecer en el acuerdo escrito
El acuerdo de trabajo a distancia debe formalizarse por escrito antes de comenzar esta modalidad. Puede formar parte del contrato inicial o firmarse después.
Comprueba que incluya el inventario de equipos, herramientas, consumibles y elementos muebles, con su vida útil o periodo máximo de renovación; la enumeración de los gastos que puedas tener; la forma de cuantificar la compensación; y el momento y la forma de pago. Cuando exista una previsión en el convenio o acuerdo colectivo, la compensación debe corresponderse con ella.
Revisa también el procedimiento que debes seguir si una dificultad técnica impide trabajar normalmente. Los cambios en las condiciones pactadas, incluido el porcentaje de presencialidad, requieren acuerdo y deben formalizarse por escrito antes de aplicarse.
Antes de actuar, revisa el texto consolidado de la Ley 10/2021 en el BOE y el convenio aplicable a tu empresa: las reglas o cantidades pactadas pueden cambiar.
Cómo calcular la electricidad de tus equipos
Localiza la potencia de cada aparato en vatios, divídela entre 1.000 para convertirla en kilovatios y multiplícala por las horas de uso y los días de teletrabajo. Suma después el consumo de todos los equipos y multiplícalo por el precio del kWh de tu tarifa.
Consumo mensual (kWh) = potencia (W) ÷ 1.000 × horas diarias × días de uso. Coste estimado (€) = consumo mensual × precio del kWh.
Haz una fila para cada equipo utilizado al trabajar, como el portátil o el monitor. Anota su potencia real, las horas que permanece encendido y los días de uso. Puedes comprobar el consumo total y el precio de la energía en tu factura; si el precio varía según la franja horaria, separa los consumos para mejorar la estimación.
Este cálculo solo estima la electricidad de los aparatos incluidos. No determina por sí mismo la compensación laboral ni incorpora automáticamente internet, calefacción u otros gastos domésticos. Comprueba qué conceptos reconoce tu acuerdo y la regulación colectiva aplicable.
Qué hacer si estás pagando gastos de trabajo
Calcula primero si alcanzas el umbral de trabajo a distancia regular. Después reúne tu acuerdo, el convenio aplicable, tus facturas y las especificaciones de potencia de los equipos. Compara los gastos previstos con lo que realmente abona la empresa y plantea cualquier diferencia a recursos humanos o a la representación legal de las personas trabajadoras.
La empresa debe entregar una copia del acuerdo y de sus actualizaciones a la representación legal de las personas trabajadoras en un máximo de diez días. La representación debe firmarla para acreditar la entrega y esa copia debe remitirse después a la oficina de empleo. Si no existe representación legal, la empresa debe formalizar una copia básica y enviarla a esa oficina.
La idea clave es esta: si estás dentro del régimen legal de trabajo a distancia, la empresa debe aportar y mantener los medios necesarios, mientras que los gastos vinculados deben ser sufragados o compensados. El acuerdo y la negociación colectiva son esenciales para saber cómo se concreta.
¿La empresa debe pagarme una cantidad fija por teletrabajar?
Estas fuentes no establecen una cantidad estatal única. Consulta tu acuerdo de trabajo a distancia y el convenio o acuerdo colectivo aplicable, que pueden concretar los gastos y la compensación.
¿Teletrabajar un día a la semana activa siempre esta ley?
No necesariamente. El umbral general es al menos el 30 % de la jornada en tres meses o la proporción equivalente según la duración del contrato, aunque un convenio puede fijar un porcentaje o periodo inferior.
¿La calculadora indica cuánto debe pagarme la empresa?
No. Solo estima la electricidad de los equipos incluidos. La compensación concreta debe comprobarse en el acuerdo y en la regulación colectiva aplicable.
Fuentes
bloglaboral.garrigues.comwww.boe.eswww.endesa.comwww.sepe.esComentarios 0
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