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Contrato de Navidad: evita una jornada sin horario

Antes de aceptar un empleo de Black Friday o Navidad, pide por escrito la causa temporal, la duración, las horas, su distribución y cualquier pacto de horas complementarias. Después, comprueba tu situación de alta en Importass.

Redacción BrooNews · 27/10/2026 14:36 · Actualizado 27/10/2026 14:36
Contrato de trabajo sobre una mesa de madera, con dos bolígrafos y una nota rosa que dice «seasonal hire».
Contrato laboral para una contratación de temporada. · Crédito: RDNE Stock project Origen · Licencia
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INFORMACIÓN · GENERADO SUSTANCIALMENTE CON IA · TEXTO/AUDIO

Antes de aceptar, pide que te aclaren por escrito cinco puntos: modalidad y causa temporal, duración, horas contratadas, distribución de la jornada y si existe un pacto de horas complementarias. El contrato parcial y, cuando corresponda, el temporal deben formalizarse por escrito; el pacto de horas complementarias es un documento específico.

La clave no es que el anuncio diga «campaña de Navidad». Debes poder identificar la modalidad temporal y las circunstancias concretas que justifican que la relación dure solo ese tiempo. Si se utiliza un contrato por circunstancias de la producción para una situación ocasional previsible y de duración reducida, esa situación debe quedar debidamente identificada en el contrato.

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Una oferta ficticia, anotada

Imagina esta propuesta: «Contrato temporal por circunstancias de la producción para atender el aumento ocasional y previsible de pedidos entre el 20 de noviembre y el 31 de diciembre [circunstancias concretas, conexión con las fechas y duración]; jornada parcial de 20 horas semanales [horas ordinarias]; de lunes a viernes, de 17:00 a 21:00 [distribución]; se propone un pacto específico y escrito de horas complementarias [pacto separado]». Es solo un ejemplo para localizar cada elemento: esas fechas, jornada y horario no tienen por qué coincidir con tu oferta.

Desconfía de expresiones como «20 horas semanales con disponibilidad total» si no van acompañadas de una distribución clara y, cuando corresponda, de un pacto específico de horas complementarias. El contrato parcial debe indicar las horas ordinarias contratadas al día, a la semana, al mes o al año y cómo se distribuyen según el convenio colectivo.

02

Qué tiene que estar por escrito

Los contratos a tiempo parcial deben formalizarse por escrito. También deben constar por escrito los contratos temporales de duración superior a cuatro semanas. Si se omite la forma escrita cuando es obligatoria, el contrato se presume indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario de su naturaleza temporal o parcial. Cualquiera de las partes puede exigir la formalización escrita incluso cuando la relación laboral ya ha comenzado. En un contrato parcial deben figurar el número de horas ordinarias contratadas y su distribución. Si faltan esas menciones, el SEPE señala que se presume celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite tanto el carácter parcial como el número y la distribución de las horas contratadas.

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Horas complementarias no significa disponibilidad total

Las horas complementarias son las realizadas además de las horas ordinarias pactadas en un contrato a tiempo parcial. La empresa solo puede exigirlas cuando exista un pacto expreso, específico respecto del contrato y necesariamente escrito.

El pacto solo puede formalizarse si la jornada parcial no es inferior a diez horas semanales en cómputo anual. Debes conocer el día y la hora de las horas complementarias pactadas con al menos tres días de preaviso, salvo que el convenio colectivo establezca un plazo inferior.

Una vez transcurrido un año desde la celebración del pacto, puedes dejarlo sin efecto con quince días de preaviso por responsabilidades familiares vinculadas a guarda legal, por necesidades formativas si acreditas incompatibilidad horaria o por incompatibilidad con otro contrato a tiempo parcial.

Si se incumplen las reglas aplicables al pacto o a la realización de esas horas, negarte a hacerlas no constituye una conducta sancionable, aunque las hubieras pactado.

También existen horas complementarias de aceptación voluntaria, pero solo pueden ofrecerse en contratos parciales indefinidos con una jornada no inferior a diez horas semanales en cómputo anual. Su límite general es el 15 % de las horas ordinarias, ampliable al 30 % por convenio colectivo, y rechazarlas no constituye una conducta sancionable.

04

No confundas complementarias y extraordinarias

Las personas contratadas a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias, salvo las necesarias para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. Las horas extraordinarias son las realizadas por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria. En general son voluntarias, salvo que se hayan pactado en convenio colectivo o en el contrato individual, dentro de los límites legales.

El límite general es de 80 horas extraordinarias al año. Se reduce proporcionalmente cuando, por la modalidad o duración del contrato, la jornada anual es inferior a la jornada general de la empresa. No cuentan para ese máximo las horas compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes.

Tampoco computa para el límite máximo el exceso de trabajo necesario para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, aunque debe compensarse como horas extraordinarias.

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Cómo se pagan y qué copia debes recibir

Cada hora complementaria efectivamente realizada se paga como una hora ordinaria. También computa en las bases de cotización a la Seguridad Social, en los periodos de carencia y en las bases reguladoras de las prestaciones. Su número y remuneración deben aparecer en la nómina y en los documentos de cotización.

En la jornada parcial, la empresa debe registrar el trabajo día a día, totalizarlo cada mes y entregarte con la nómina una copia del resumen mensual de todas las horas realizadas, tanto ordinarias como complementarias. La empresa debe conservar esos resúmenes durante un mínimo de cuatro años.

06

Las cinco comprobaciones antes de aceptar

Pide la modalidad y las circunstancias concretas que justifican la temporalidad. 2. Comprueba las fechas o la duración acordada. 3. Busca el número exacto de horas ordinarias al día, semana, mes o año. 4. Revisa cómo se distribuyen esas horas. 5. Si se mencionan horas complementarias exigibles, solicita el pacto específico escrito y revisa el preaviso aplicable.

Guarda la oferta, el contrato, el pacto de horas complementarias si existe, las nóminas y los resúmenes mensuales de jornada. Compara las horas registradas con las ordinarias y complementarias que aparecen en tu nómina.

La distribución de la jornada, los porcentajes y el preaviso de las horas complementarias pueden depender del convenio colectivo aplicable. Pide a la empresa que te indique cuál es y consulta su texto antes de aceptar si el horario o la disponibilidad condicionan tus estudios u otras obligaciones.

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Comprueba tu alta actual en Importass

Entra en el servicio «Informe de situación actual del trabajador» de Importass y pulsa «Solicitar informe». Allí puedes consultar tu situación actual y descargar el documento en PDF. Puedes pedirlo en cualquier momento y la información estará actualizada a la fecha de la solicitud.

Si estás de alta en uno o varios regímenes, el informe muestra tus últimas situaciones de alta. Si estás de baja, indica la fecha de esa situación. Si no tienes Número de la Seguridad Social o nunca has estado de alta, también lo hará constar.

Las condiciones legales y las reglas del convenio pueden cambiar. Antes de firmar, revisa la versión consolidada del Estatuto de los Trabajadores en el BOE y el convenio aplicable; al incorporarte, solicita en Importass un informe actualizado de tu situación.

08

¿Puede la empresa exigirme horas complementarias sin un pacto escrito?

No. Para que sean exigibles debe existir un pacto expreso, específico y escrito.

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¿Con cuánto tiempo deben avisarme?

Debes conocer el día y la hora con un mínimo de tres días, salvo que el convenio colectivo establezca un plazo inferior.

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¿Cómo se pagan las horas complementarias?

Se retribuyen como horas ordinarias, computan para la cotización y deben figurar, con su remuneración, en la nómina y en los documentos de cotización.

11

¿Qué debe indicar un contrato a tiempo parcial?

El número de horas ordinarias contratadas al día, semana, mes o año y el modo de distribuirlas conforme al convenio colectivo.

12

¿Cómo compruebo si estoy de alta?

Solicita en Importass el informe de situación actual del trabajador. Puedes consultarlo y descargarlo en PDF con información actualizada a la fecha de solicitud.

Fuentes

portal.seg-social.gob.eswww.boe.eswww.sepe.eswww.sepe.es
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