INFORMACIÓN · GENERADO SUSTANCIALMENTE CON IA · TEXTO/AUDIO
La Resolución de 8 de octubre de 2026 de la Dirección General de Trabajo publica la relación de fiestas laborales de 2027. Apareció en el BOE número 254 el 13 de octubre de 2026. Para saber qué días te corresponden, debes sumar el calendario estatal y autonómico del anexo y hasta dos fiestas locales de tu municipio.
Las fiestas laborales oficiales son retribuidas y no recuperables. Si, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no puedes disfrutar una y debes trabajar, la empresa debe abonar las horas trabajadas con un incremento mínimo del 75%, salvo que conceda descanso compensatorio.
El calendario oficial, comunidad por comunidad
El anexo distingue las fiestas nacionales no sustituibles (), las nacionales respecto de las que no se ha ejercido la facultad de sustitución () y las propias de la comunidad (). La siguiente tabla reproduce esa clasificación. Después hay que añadir las fiestas locales.
Comunes a todos los territorios (): 1 de enero, Año Nuevo; 26 de marzo, Viernes Santo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; y 25 de diciembre, Natividad del Señor.
| Territorio | Nacionales mantenidas o trasladadas () | Fiestas propias () | |---|---|---| | Andalucía | 6 ene.; 25 mar.; 16 ago. | 1 mar. | | Aragón | 6 ene.; 25 mar.; 16 ago. | 23 abr. | | Asturias | 6 ene.; 25 mar. | 8 sept. | | Illes Balears | 6 ene.; 25 mar. | 1 mar. | | Canarias | 6 ene.; 16 ago. | Una fiesta por isla, detallada debajo | | Cantabria | 6 ene.; 25 mar. | 28 jul.; 15 sept. | | Castilla-La Mancha | 6 ene.; 25 mar. | 27 may.; 31 may. | | Castilla y León | 6 ene.; 25 mar.; 16 ago. | 23 abr. | | Cataluña | 6 ene.; 25 mar. | 29 mar.; 24 jun.; 11 sept. | | Extremadura | 6 ene.; 25 mar.; 11 oct. | 8 sept. | | Galicia | 6 ene.; 25 mar. | 29 mar.; 17 may. | | Comunidad de Madrid | 6 ene.; 25 mar.; 16 ago. | — | | Región de Murcia | 6 ene.; 25 mar. | 9 jun. | | Comunidad Foral de Navarra | 6 ene.; 19 mar.; 25 mar.; 29 mar. | — | | País Vasco | 6 ene.; 19 mar.; 25 mar. | 29 mar.; 7 oct. | | La Rioja | 6 ene.; 25 mar. | 29 mar.; 9 jun. | | Comunitat Valenciana | 6 ene.; 19 mar.; 25 mar. | 29 mar.; 9 oct. | | Ceuta | 6 ene.; 25 mar.; 17 may. | 10 mar.; 5 ago. | | Melilla | 6 ene.; 25 mar.; 17 may. | 10 mar. |
La tabla no convierte ninguna fiesta territorial en común para toda España. En Canarias se añade una fecha distinta según la isla: Tenerife, 2 de febrero; La Palma, 5 de agosto; Gran Canaria, 8 de septiembre; Lanzarote y La Graciosa, 15 de septiembre; Fuerteventura, 17 de septiembre; El Hierro, 24 de septiembre; y La Gomera, 4 de octubre. En Arán, el 29 de marzo se sustituye por la Fiesta de Arán del 17 de junio.
Faltan las fiestas de tu municipio
Cada municipio puede tener hasta dos fiestas locales por año natural. También son días inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, y se publican en el boletín oficial de la comunidad autónoma o, según corresponda, en el boletín oficial de la provincia.
Para comprobar tu calendario: 1) localiza tu comunidad en el anexo del BOE; 2) si trabajas en Canarias o Arán, aplica su particularidad territorial; 3) busca las fiestas de tu municipio en el boletín autonómico o provincial; 4) identifica el convenio colectivo que figure en tu contrato o documentación laboral antes de interpretar el cuadrante o la nómina, porque puede concretar o mejorar la compensación.
Qué ocurre si trabajas durante un festivo
Cuando, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no puede disfrutarse el festivo, la empresa debe pagar las horas trabajadas con un incremento mínimo del 75%, salvo que conceda descanso compensatorio. El convenio colectivo puede concretar cómo se aplica o mejorar esa protección.
Ejemplo con horario ordinario: una persona que trabaja de lunes a viernes y es requerida por necesidades técnicas u organizativas para acudir un festivo oficial que debía disfrutar tendrá que comprobar si recibe descanso compensatorio. Si no se lo conceden, las horas trabajadas deben abonarse con el incremento mínimo indicado.
Ejemplo por turnos: si el cuadrante sitúa a una persona en un festivo nacional, autonómico o local, no basta con mirar que ese día aparezca como jornada. Debe revisar el sistema de descanso o pago aplicable y lo que concrete su convenio, porque la organización por turnos puede determinar cómo se articula la compensación.
Trabajar un domingo no genera automáticamente una compensación adicional. Puede ser relevante si coincide con un festivo oficial o si era el día de descanso asignado y la persona debe trabajar. Por eso hay que comprobar el calendario oficial, el cuadrante y el convenio, sin dar por hecho que cualquier domingo lleva un plus.
Un puente tampoco es un festivo oficial adicional: es la combinación de días festivos con descansos o una forma de organizar el calendario. Solo tienen la condición de fiesta laboral las fechas estatales, autonómicas o territoriales y locales que figuren en las publicaciones oficiales correspondientes.
Actualizado el 25 de octubre de 2026. Antes de organizar un viaje o reclamar una cantidad, comprueba el anexo del BOE, las fiestas locales publicadas para tu municipio y tu convenio colectivo. Así podrás verificar qué festivos oficiales te corresponden y qué compensación puede aplicarse si debes trabajarlos.
¿Dónde consulto los dos festivos locales de 2027?
En el boletín oficial de tu comunidad autónoma o, cuando corresponda, en el boletín oficial de tu provincia.
¿Trabajar un festivo siempre supone cobrar un 75% más?
No. Si excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas no puedes disfrutarlo, puede concederse descanso compensatorio. Si no se concede, las horas trabajadas deben abonarse con un incremento mínimo del 75%, sin perjuicio de lo que concrete o mejore el convenio.
¿Un domingo o un puente cuentan como festivo?
No por sí solos. Trabajar un domingo no genera automáticamente una compensación adicional; un puente es una combinación de festivos y descansos o una medida organizativa.
Fuentes
www.boe.eswww.boe.eswww.elespanol.comwww.rtve.esComentarios 0
Entra o crea tu cuenta para guardar, seguir y comentar.

Todavía no hay comentarios aprobados.