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Si tu primera nómina tiene una retención de IRPF muy baja, no des por hecho que todo el neto está disponible para gastar. Calcula primero cuánto recibes, comprueba la retención con el servicio oficial de 2026 y, si sale una cantidad mayor que la aplicada, valora apartar la diferencia como colchón orientativo. La AEAT ofrece un servicio específico para calcular las retenciones de 2026.
La comprobación tiene dos límites importantes. La cifra del servicio es una retención a cuenta, no el impuesto final. Tampoco permite asegurar, por sí sola, que tu declaración de la Renta vaya a salir a pagar o a devolver. Para conocer el marco normativo aplicable puedes consultar el Código del IRPF del BOE, cuya página indica como última modificación el 7 de octubre de 2026.
Lee tu nómina y contrasta las cotizaciones
Para identificar los importes que necesitas, revisa el recibo salarial y localiza el bruto devengado, las cotizaciones a cargo del trabajador, la retención de IRPF, las demás deducciones y el neto o líquido. El modelo oficial de recibo exige informar de la base de cotización y de las aportaciones de la empresa y del trabajador, pero no establece en el texto de la orden una fórmula completa para calcular el neto.
No confundas la cotización descontada al trabajador con la cuota empresarial. Importass permite consultar por separado el importe que abonas tú y el que corresponde a la empresa.
Como simplificación operativa, haz esta cuenta con los importes que figuren en tu recibo: neto = bruto devengado − cotizaciones del trabajador − retención de IRPF − otras deducciones visibles. Después contrasta el resultado con el líquido mostrado en la nómina. Si no coincide o no puedes identificar alguno de esos conceptos, pide a la empresa que te explique el recibo antes de usar esa cifra para decidir cuánto gastar.
Comprueba la retención oficial de 2026
Entra en el Servicio de Cálculo de Retenciones de la AEAT. 2. Elige «Servicio de Cálculo de Retenciones (a partir del 10 de septiembre de 2026)»: es la versión aplicable para esta comprobación a 26 de octubre de 2026. 3. Completa los campos que muestre el servicio. 4. Compara el resultado con la retención que figura en tu nómina. La AEAT mantiene separadas la versión del 1 de enero al 9 de septiembre y la aplicable desde el 10 de septiembre de 2026.
Revisa cada dato antes de aceptar el resultado. Si no sabes qué importe o situación debes introducir, consulta a la empresa o a un profesional tributario.
Calcula un colchón, no una predicción de la Renta
Como método orientativo, resta a la retención oficial estimada la retención aplicada en tu nómina. Si la diferencia es positiva, puedes apartar esa cantidad ese mes. Para construir un colchón de varios meses, repite la operación con cada nómina; si sus importes o tus circunstancias cambian, vuelve a comprobar el resultado.
Esta reserva es solo una precaución propuesta para organizar tu dinero. Comparar la retención de la nómina con el cálculo del servicio oficial no confirma una deuda ni anticipa si la declaración saldrá a pagar o a devolver.
Tabla para hacer tus propios escenarios
Copia una fila por cada nómina o escenario: | Escenario | Bruto devengado | Retención aplicada | Cotizaciones del trabajador | Otras deducciones visibles | Neto obtenido con la fórmula | Líquido mostrado en la nómina | Retención oficial estimada | Reserva orientativa | |---|---:|---:|---:|---:|---:|---:|---:|---:| | Tu nómina | _ € | _ € | _ € | _ € | bruto devengado − cotizaciones del trabajador − retención aplicada − otras deducciones visibles | _ € | _ € | máximo de 0 € y la diferencia entre la retención oficial estimada y la aplicada |. Obtén primero el neto con la fórmula anterior y contrástalo después con el líquido mostrado en la nómina. Comprueba la cuota del trabajador en Importass y obtén la estimación de retención en el servicio de la AEAT.
Actualiza tus datos con el modelo 145
Si tus datos personales o familiares no son correctos o han cambiado, descarga el modelo 145 de la AEAT y comunícaselos al pagador. El procedimiento oficial indica que el modelo sirve para comunicar al pagador los datos del perceptor o su variación, y que se tramita ante el pagador, no electrónicamente ante la AEAT.
Contrasta las cotizaciones en Importass
Entra en la consulta de cálculos de cuotas de Importass, elige el mes y revisa la base de cotización, tu cuota y la cuota empresarial. Si tus condiciones de cotización variaron durante el mes, la consulta puede mostrar cálculos y datos por tramos.
La información de Importass aparece después de que termine el plazo de presentación de la liquidación. Si todavía no está disponible, vuelve a comprobarla más adelante. La consulta se dirige a trabajadores por cuenta ajena cuyas empresas hayan presentado sus liquidaciones mediante el Sistema de Liquidación Directa o Red Directo.
Puedes identificarte electrónicamente. Si no dispones de ese método, Importass indica que tendrás que facilitar tus datos personales, un selfie y una fotografía del documento de identidad.
Cuándo debes repetir la revisión
Vuelve a comprobar la retención si cambian los importes de la nómina. Si han variado los datos comunicados al pagador, utiliza el modelo 145 cuando corresponda. Revisa también en Importass si aparecen distintos tramos de cotización durante el mes.
Lista final antes de gastar la nómina
Identifica los importes y deducciones del recibo, haz la operación indicada como simplificación y contrástala con el líquido mostrado; usa la versión del servicio de retenciones aplicable desde el 10 de septiembre de 2026; compara su resultado con la retención aplicada; aparta una diferencia positiva solo como orientación; actualiza tus datos ante el pagador con el modelo 145; y contrasta en Importass la base, tu cuota, la cuota empresarial y los tramos cuando existan. Para consultar la normativa reunida, utiliza el Código del IRPF del BOE.
¿Una retención baja significa que la Renta saldrá a pagar?
No puede concluirse solo con ese dato. Esta comparación no calcula el resultado definitivo de la declaración.
¿Dónde se presenta el modelo 145?
Se entrega al pagador de las retribuciones. La AEAT indica que sus características no permiten tramitarlo electrónicamente ante ella.
¿Cuándo puedo ver mis cuotas en Importass?
En cualquier momento una vez terminado el plazo de presentación de la liquidación correspondiente.
Fuentes
portal.seg-social.gob.essede.agenciatributaria.gob.essede.agenciatributaria.gob.eswww.boe.eswww.boe.esComentarios 0
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